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Buenas prácticas· 7 min

Pausas y descansos en el registro de jornada: qué computa y qué no

Pausas y descansos en el registro de jornada: qué tiempo computa como trabajo y cuál no, el descanso de la jornada continua, el descanso entre jornadas y cómo registrarlo para que el cómputo cuadre.

Lo esencial

  • Una pausa computa como trabajo solo si el convenio o el contrato lo establecen; por defecto, no.
  • En jornadas continuas de más de 6 horas hay derecho a un descanso de al menos 15 minutos.
  • Entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente deben mediar al menos 12 horas.
  • No registrar las pausas es uno de los errores que más descuadra el cómputo de jornada.
  • Un buen sistema distingue tiempo de trabajo y tiempo de pausa automáticamente.

Preguntas frecuentes

  • Por defecto no: el tiempo de comida o descanso no es tiempo de trabajo efectivo salvo que el convenio colectivo o el contrato lo establezcan. Por eso conviene registrar las pausas, para que el cómputo de la jornada refleje las horas realmente trabajadas.
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